Solicitud de aplazamiento y carencia de la financiación COVID-19 con Aval ICO
El 15 de mayo finaliza el plazo establecido por el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, para que autónomos y empresas que hayan obtenido financiación con avales públicos otorgados por el Estado al amparo de las líneas de avales aprobadas por los Reales Decretos-leyes 8/2020, de 17 de marzo, y 25/2020, de 3 de julio (los avales ICO), puedan solicitar alguna de las medidas previstas en dicho RDL 34/2020 (como la extensión de plazo de las operaciones avaladas con Avales ICO o la ampliación del plazo de carencia).
La presente nota detalla los aspectos más relevantes de la solicitud y obtención de estas medidas, que tienen una relevancia mayor que la que resulta de su propio efecto financiero.