Nueva regulación del trabajo a distancia

El Boletín Oficial del Estado publica el RDL 28/2020 regulador del trabajo a distancia, en el que además de la regulación concreta de esta materia establece, entre otras cuestiones, la prórroga hasta el 21 de enero de 2021 del plan MECUIDA fijado en el RDL 8/2020, para atender a las situaciones familiares derivadas del impacto de la crisis sanitarias fruto del COVID-19.

La nueva regulación del trabajo a distancia, que entra en vigor el 13 de octubre (el 13 de enero de 2021 en el caso de los acuerdos de teletrabajo preexistentes), no afecta a las situaciones de teletrabajo derivadas del COVID-19, que no se ven modificadas como consecuencia de lo establecido en la Ley, afectando única y exclusivamente a la dotación de medios, herramientas para la realización de teletrabajo, así como al establecimiento de la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta fórmula, haciéndose una remisión a la negociación colectiva.

El equipo de Derecho Laboral de BROSETA analiza en el siguiente enlace los aspectos más importantes de esta nueva normativa.

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