Newsletter de Fiscal – Octubre ´16

El área de Derecho Fiscal de BROSETA analiza en su Newsletter del mes de octubre el pronunciamiento del Tribunal Económico-Administrativo Central del 22 de septiembre acerca del carácter interruptor del plazo de prescripción que había que conceder de la declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 390), que concluye que dicho modelo en modo alguno interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración Tributaria a determinar la deuda tributaria derivada de dicho impuesto.

Percepción en el impuesto sobre el valor añadido

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