El artículo 5 bis de la Ley Concursal

La suspensión de las ejecuciones judiciales de los bienes necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor.
El Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial introduce la modificación del artículo 5 bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. El citado precepto fue creado por la Ley 38/2011, de 10 octubre, de Reforma de la Ley Concursal … (sigue)

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