BROSETA analiza las últimas novedades laborales en materia de igualdad y registro de jornada

El área Laboral de BROSETA ha celebrado sendas jornadas en Madrid y Valencia en relación a las últimas novedades laborales planteadas por el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación; y el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Las jornadas han contado con la asistencia de más de 120 profesionales del ámbito de los Recursos Humanos de las principales organizaciones del tejido empresarial del país.

En la sesión de Madrid, José Manuel Copa, socio de BROSETA y director del área Laboral; y David López, socio del área Laboral, desgranaron las principales novedades de ambos decretos.

En materia de planes de igualdad, José Manuel Copa profundizó en la obligatoriedad de disponer de ellos en empresas de más de 50 empleados de forma gradual hasta 2022, y en que deberán ser negociados con la representación de los trabajadores. En relación a permisos de maternidad y paternidad, el socio de BROSETA explicó cómo la nueva regulación establece el permiso del progenitor distinto de la madre biológica en 16 semanas, equiparado a la madre biológica, y teniendo que disfrutar de las 6 primeras semanas desde el momento del nacimiento, así como el proceso transitorio que habrá para ello de 3 años con inicio 1 de abril de 2019.

Además, José Manuel Copa también detalló aspectos de interés en materia de conciliación, como el establecimiento, en el ámbito de los permisos de lactancia, de un bonus de 3 meses adicionales para los progenitores (de 9 a 12 meses) si ambos han ejercido este derecho en los primeros 9 meses con la misma duración y régimen; y la ampliación a 12 meses (desde los 9) del periodo desde el nacimiento del hijo durante el cual el despido es considerado nulo en caso de no ser procedente, y en caso de serlo, se exige una argumentación muy detallada de los motivos del despido.

El socio David López, por su parte, profundizó en los tres grandes objetivos del RD 8/2019: “protección social, fomento del empleo y lucha contra la precariedad laboral”.

Para David López, el Real Decreto entiende el control del salario y cotización y el del horario de la jornada laboral como dos de los elementos esenciales de lucha contra la precariedad laboral.

En el ámbito del control horario de la jornada, el socio de BROSETA añadió que el Real Decreto no resuelve supuestos de flexibilidad, teletrabajo o sistemas de registro que se utilizarán, aspectos que tendrán que desarrollarse o posteriormente en Reglamento o directamente por las empresas.

En Valencia, la jornada contó con la participación de los socios de BROSETA Isabel Merenciano, directora del área laboral en Valencia, y Enrique Hervás, socio del área, junto con José María Goerlich, Catedrático de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de Valencia.

Isabel Merenciano centró su exposición en el registro de jornada a través de un recorrido por los antecedentes del Real Decreto Ley 8/2019, previsto que entre en vigor el próximo 12 de mayo. Asimismo repasó las obligaciones de la nueva normativa, las formas de organizar y documentar el registro de jornada, la reflexión acerca de desconexión digital y geolocalización, y las implicaciones de los medios de registro de jornada y su posible colisión con las previsiones de la LOPD.

Enrique Hervás, por su parte, analizó el contrato de relevo en la industria manufacturera, aquel que se suscribe con un desempleado o con contrato de duración determinada para sustituir a un trabajador que se jubila parcialmente, recogido en el Real Decreto Ley 20/2018, de Medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio en España. Así, el socio de BROSETA detalló los requisitos de este contrato, el criterio de la Administración, y determinados problemas de aplicación práctica tales como la determinación de trabajos que requieren esfuerzo físico o alto grado de atención, la responsabilidad y competencias del servicio de prevención (o ausencia del servicio de prevención), o las consecuencias de incumplimientos en materia de jubilación parcial y contrato de relevo.

Finalmente, el Catedrático José María Goerlich analizó la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, profundizando en temas como el refuerzo de la igualdad retributiva en el contrato de trabajo, las nuevas medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, o la igualdad en la extinción del contrato, entre otros factores de la regulación de los planes de igualdad.

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