ALTO INTERÉS Y CONVOCATORIA EN LA JORNADA SOBRE LA REFORMA DE LA LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL

El pasado 17 de diciembre de 2014 BROSETA Abogados celebró en el Aula Profesor Manuel Broseta Pont de Valencia, una jornada sobre la reforma de la Ley de Sociedades de Capital  introducida por la Ley 31/2014 de 3 de diciembre.

El encuentro contó con un aforo completo. La temática a tratar fue de enorme interés y asistieron representantes cualificados de empresas relevantes del tejido empresarial valenciano sobre la novedades de la nueva ley, recientemente aprobada y contó con la participación de expertos de las áreas de Mercantil y Procesal de la Firma.

Por parte de BROSETA, la jornada contó con la intervención de Alejandro Ríos, Socio Director del Área Mercantil; Carmen March, Socia de la Firma, Especialista en asuntos societarios y gobierno corporativo; Carlos Ochoa, Abogado Senior del Área Mercantil; y Laura Sánchez, Abogada Senior del Área Procesal; junto con Nuria Latorre, Profesora titular del Departamento de Derecho Mercantil Manuel Broseta Pont de la Universidad de Valencia.  Las ponencias se concentraron en el análisis y presentación de las implicaciones prácticas de las novedades de la reforma, principalmente en lo que concierne a las sociedades no cotizadas.

Con el objetivo principal de transmitir, de primera mano, los aspectos clave de la nueva regulación y las medidas de adaptación necesarias que han de adoptar en sus sociedades, los asistentes participaron muy activamente, abriendo interesantes debates sobre temas como la computación del 25% del valor del activo del último balance, a efectos de determinar la competencia de la Junta General para aprobar operaciones de adquisición, enajenación o aportación a otra sociedad de activos.

En materia de impugnación de acuerdos sociales, destacaron la relevancia de la modificación relativa a la imposibilidad de pretenderla en caso de que el derecho de información de los accionistas no hubiera sido atendido durante la celebración de la misma. Así como la novedad relativa a la responsabilidad solidaria del representante persona física del administrador persona jurídica. Además, los ponentes expusieron muy pormenorizadamente la nueva regulación de los deberes de lealtad y diligencia así como de responsabilidad de los administradores.

Compartir